La Conferencia tiene como objetivo ser el órgano colegiado generador de acciones innovadoras y mejores prácticas en Procuración Nacional de Justicia entre sus funciones destaca:
•Transformar la estrategia nacional en procuración de justicia, fijando un rumbo de colaboración y coordinación con los tres niveles de gobierno, y una cooperación substancial con los Poderes Judicial y Legislativo en el combate integral a la delincuencia.
•Formular políticas generales de procuración de justicia, así como ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en la materia.
•Promover la coordinación entre las Instituciones de Procuración de Justicia y las Instituciones Policiales.
•Implementación de conformidad con los criterios del Consejo Nacional, el Programa Rector de Profesionalización de las Instituciones de Procuración de Justicia.
•Elaborar propuestas de reformas legislativas y ordenamientos administrativos en materia de Procuración de Justicia.
•Emitir bases y reglas para la investigación conjunta de los delitos, de conformidad con los ordenamientos legales aplicables, así como para la realización de operativos de investigación conjuntos.
•Fijar criterios uniformes para la regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, capacitación, profesionalización, evaluación, reconocimiento, certificación y registro de agentes del Ministerio Público y peritos, de conformidad con las obligaciones previstas en la Ley y demás disposiciones aplicables.
•Promover la capacitación, actualización y especialización conjunta de los miembros de las Instituciones de Procuración de Justicia, conforme al Programa Rector de Profesionalización.
•Impulsar las acciones necesarias para promover la cultura de la denuncia y la participación de la comunidad en las actividades de procuración de justicia.
•Determinar las políticas y lineamientos sobre información de procedimientos penales, juicios de amparo y otros procesos judiciales en los que intervenga el Ministerio Público, con el objeto de integrarlos a las bases nacionales de datos que establece la Ley.
•Fijar criterios de cooperación y coordinación para la entrega de indiciados, procesados y sentenciados; el cumplimiento de mandamientos judiciales y ministeriales; al aseguramiento de bienes instrumento, objeto o producto de delitos y el desahogo de diligencias judiciales, ministeriales y periciales.
•Fomentar la cultura de respeto a los derechos humanos y garantías reconocidas en la legislación vigente.
•Formular estrategias de coordinación en materia de combate a la corrupción, protección de personas, atención a víctimas y ofendidos de delitos.
•Proponer programas de cooperación internacional en materia de procuración de justicia.
•Establecer lineamientos para el desahogo de procedimientos de extradición y asistencia jurídica.
•Promover la homologación de criterios para la regulación e instrumentación de la cadena de custodia de los indicios, huellas, vestigios de hechos delictuosos y de los instrumentos, objetos o productos de los diversos delitos.
•Proponer al Centro Nacional de Información, criterios para el funcionamiento de las bases de datos criminalísticos y de personal de las Instituciones de procuración de Justicia.
•Promover la uniformidad de criterios jurídicos.
•Las demás que le confieran los ordenamientos legales.